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Canje permiso de conducir países con convenio

Canje de carnet de conducir extranjero de países con convenio

Para realizar el canje de permisos de conducir de países con convenio, primero comprobamos que tu país permite el canje con España y revisamos la documentación necesaria: datos personales, datos del carnet, posibles requisitos específicos y tasas aplicables.

 

Dudas y preguntas

1. ¿Puedo canjear con vosotros un permiso de la Unión Europea o EEE?

No, los trámites para permisos europeos deben de hacerse de manera presencial en las sedes de la DGT.

Lamentablemente, no podemos estimar un plazo fijo para la tramitación del canje de tu permiso extranjero, puesto que depende de varios factores y requisitos. Uno de los más importantes es que, si la DGT necesita comunicarse con tu país de origen para  la verificación, este proceso puede dilatarse más o menos dependiendo de la eficiencia de los servicios de tu país de origen.

Es por eso que los tiempos de gestión de las diferentes administraciones hace verdaderamente difícil establecer un período mínimo de tramitación.

Tu carnet de conducir original deberá ser expedido en uno de los países con convenio establecido con España, Unión Europea o del Espacio Económico Europeo. Puedes consultar el listado de países con convenio de canje aquí.

Debes tener en cuenta que los acuerdos pueden variar en cuanto a las categorías de permisos que se pueden canjear y los requisitos específicos. Es recomendable revisar cada convenio para conocer los detalles y procedimientos aplicables

En función del país de origen de la licencia, es posible que tengas que superar un examen teórico o un examen práctico de manejo. Puedes consultar aquí si tu país dispone de convenio y sus peculiaridades a la hora de canjear.

Los permisos de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo en ningún caso precisan de examen; solo tendrá que abonarse la tasa.

Recuerda que los acuerdos pueden variar en cuanto a las categorías de permisos que se pueden canjear y los requisitos específicos. Es recomendable revisar cada convenio para conocer los detalles y procedimientos aplicables.

Te informaremos de si el país de origen tiene alguna peculiaridad en lo que a documentación se refiere, pero de manera general necesitarás:

  • DNI, NIE o Permiso de Residencia en vigor. En caso de poseer algún tipo de tarjeta de residencia que no tenga fotografía, deberá acompañarse de documento de identificación que disponga de imagen (pasaporte).
  • Permiso de conducir del país de origen, el cual deberá estar en vigor.
  • Pago de la tasa oficial
  • Impreso oficial de solicitud de la DGT
  • Certificado de movimientos migratorios, puede requerirse a consideración de la DGT.
  • Informe de aptitud psicofísica. Dispones de 90 días desde que lo realices hasta que lo presentes en la DGT. Si lo realizas con nosotros, te hacemos un descuento en la tramitación
  • Documentación específica del país de origen. Según los acuerdos o convenios establecidos por la DGT, algunos países precisan de documentación particular para poder verificar la identidad del titular del permiso. En caso de precisarse, nosotros te informaremos.
  • Recuerda que los acuerdos pueden variar en cuanto a las categorías de permisos que se pueden canjear y los requisitos específicos. Es recomendable revisar cada convenio para conocer los detalles y procedimientos aplicables

Tendrás que realizar el proceso completo para obtener un permiso de conducir español, lo cual incluye prueba psicofísica, teórica y práctica

En España cada permiso está representado por una letra o una letra y un número. El tipo de vehículo que autoriza a conducir y su cilindrada o potencia son los siguientes

Los permisos que van del AM al B + E pueden tener una vigencia de 1 a 10 años. A partir de los 65 años, la vigencia máxima pasará a 5 años de carnet.

Los permisos superiores, desde el C1 al D + E, pueden tener una vigencia de 1 a 5 años. A partir de los 65 años, la vigencia máxima será de 3 años.

No, los requisitos son diferentes. Puedes consultar aquí

Si, es posible que tu canje no se complete, principalmente si el órgano equiparable a la DGT de tu país de origen contesta con una denegatoria. En general, estos casos se dan porque los datos que has aportado no coinciden o no existen en su base de datos.

También puede ocurrir que hayas intentado tramitar tu canje sin cumplir los requisitos, por lo cual no será posible canjear un permiso; consulta el punto 12 de este apartado

  • Si has homologado el permiso en otro país con el que España no tiene convenio: es decir, si primero cambiaste tu carnet en un país que sí tiene acuerdo con España, pero el país de origen de tu licencia no lo tiene, no te permitirán hacer el trámite en la DGT. Por ejemplo: no puedes homologar aquí una licencia de Venezuela que homologaste en Suiza (país que sí tiene convenio con España) porque el permiso original proviene de un país sin acuerdo (Venezuela).
  • Otra de las condiciones para la convalidación del permiso de conducir es que puedas demostrar que el tiempo transcurrido entre que obtuviste tu carnet y viniste a España es de mínimo 185 días. Estas fechas las comprueba la DGT con el país de origen, y puede requerir un documento donde se constate el alta y baja consular.
  • Por sanción o suspensión de tu carnet en la UE o EEE. Si tienes un carnet que te ha sido retirado en algún estado miembro de la UE o EEE, no lo podrás convalidar en España.

Está regulado por el Real Decreto 818/2009 por el que se aprueba el Reglamento General de Conductores, por la Ley Orgánica 4/2000 sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.